Articulo 247 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia
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»Artículo 247. Coordinación de la acción exterior en materia de cooperación.
La Junta de Andalucía impulsa y coordina las acciones exteriores de las Corporaciones locales, de los organismos autónomos y de otros entes públicos de Andalucía en materia de cooperación exterior, respetando la autonomía que en cada caso corresponda.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007