Articulo 246 Ley de Socie...de Capital

Articulo 246 Ley de Sociedades de Capital

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 246. Convocatoria del consejo de administración.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El consejo de administración será convocado por su presidente o el que haga sus veces.

2. Los administradores que constituyan al menos un tercio de los miembros del consejo podrán convocarlo, indicando el orden del día, para su celebración en la localidad donde radique el domicilio social, si, previa petición al presidente, éste sin causa justificada no hubiera hecho la convocatoria en el plazo de un mes.