Articulo 240 Reglamento de la LO 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social -Vigente-
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»Artículo 240. Resolución del procedimiento simplificado.
En el plazo de tres días desde que se reciba el expediente, el órgano competente para resolver dictará resolución en la forma y con los efectos procedentes que para las resoluciones de sanción de multa se prevén en el procedimiento ordinario de este Reglamento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 30-04-2011 en vigor desde 30-06-2011