Articulo 237 T.R. Ley Concursal
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 237. Recurso contra la sentencia de rescisión.
Quienes hubieran sido parte en el incidente de rescisión podrán interponer contra la sentencia recurso de apelación. La tramitación y la resolución del recurso tendrán carácter preferente.
Modificaciones