Articulo 237 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia
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»Artículo 237. Consulta al Parlamento de Andalucía.
El Parlamento de Andalucía será consultado previamente a la emisión del dictamen de las Cortes Generales sobre las propuestas legislativas europeas en el marco del procedimiento de control de los principios de subsidiariedad y proporcionalidad que establezca el Derecho Comunitario.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007