Articulo 237 Ley del Mercado de Valores
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»Artículo 237. Publicación de información relevante.
Con las salvedades previstas en el artículo 248, la Comisión Nacional del Mercado de Valores podrá ordenar a los emisores de valores y a cualquier entidad relacionada con los mercados de valores que procedan a poner en conocimiento inmediato del público hechos o informaciones relevantes que puedan afectar a la negociación de los mismos, pudiendo, en su defecto, hacerlo ella misma.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-10-2015 en vigor desde 13-11-2015