Articulo 232 Tratado de l...pea -TFUE-

Articulo 232 Tratado de la Unión Europea -TUE- y Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea -TFUE-

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Artículo 232

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(antiguo artículo 199 TCE)

El Parlamento Europeo establecerá su propio reglamento interno por mayoría de los miembros que lo componen.

Los documentos del Parlamento Europeo se publicarán en la forma prevista en los Tratados y en dicho reglamento.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-06-2016 en vigor desde 07-06-2016