Articulo 225 Ley Hipotecaria

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Artículo 225º.

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La libertad o gravamen de los bienes inmuebles o derechos reales sólo podrá acreditarse en perjuicio de tercero por certificación del Registro.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 27-02-1946 en vigor desde 19-03-1946