Articulo 220 Medidas de respuesta a consecuencias de la Guerra de Ucrania y transposición de Directivas en materia de sociedades y conciliación
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»Artículo 220. Modificación de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito.
Se añade un apartado 3 al artículo 107, con la siguiente redacción:
«3. El plazo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de un año, ampliable conforme a lo previsto en la legislación general administrativa.»
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-2023 en vigor desde 30-06-2023