Articulo 22 Ley de Propiedad Intelectual

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Artículo 22. Colecciones escogidas u obras completas.

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La cesión de los derechos de explotación sobre sus obras no impedirá al autor publicarlas reunidas en colección escogida o completa.

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  • Texto Original. Publicado el 22-04-1996 en vigor desde 23-04-1996