Articulo 22 Ley del Mercado de Valores
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»Artículo 22. Recursos contra disposiciones y resoluciones de la Comisión Nacional del Mercado de Valores.
1. Las disposiciones y resoluciones que dicte la Comisión Nacional del Mercado de Valores en el ejercicio de las potestades administrativas que se le confieren en esta ley pondrán fin a la vía administrativa y serán recurribles en vía contencioso-administrativa.
2. No obstante, se exceptúan de la regla prevista en el apartado anterior.
a) Las resoluciones que dicte en materia sancionadora, cuyo régimen será el previsto en el artículo 273.
b) Las resoluciones que dicte en materia de intervención y sustitución de administradores, cuyo régimen será el previsto en el artículo 311.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-10-2015 en vigor desde 13-11-2015