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Articulo 22 fomento del ecosistema de las empresas emergentes

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Artículo 22. Reducción de garantías.

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Cuando la concesión de subvenciones o los pagos a cuenta estén condicionados a la prestación de garantías, la empresa emergente beneficiaria podrá solicitar que la garantía se reduzca a cambio de disminuir en la misma proporción el importe de la ayuda o del pago anticipado.

La Administración otorgante evaluará dicha solicitud en base, al menos, a los siguientes criterios:

a) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social durante los últimos cinco ejercicios.

b) Que no haya incurrido en procedimiento de reintegro de ninguna subvención otorgada con anterioridad.