Articulo 22 fomento del ecosistema de las empresas emergentes
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»Artículo 22. Reducción de garantías.
Cuando la concesión de subvenciones o los pagos a cuenta estén condicionados a la prestación de garantías, la empresa emergente beneficiaria podrá solicitar que la garantía se reduzca a cambio de disminuir en la misma proporción el importe de la ayuda o del pago anticipado.
La Administración otorgante evaluará dicha solicitud en base, al menos, a los siguientes criterios:
a) Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social durante los últimos cinco ejercicios.
b) Que no haya incurrido en procedimiento de reintegro de ninguna subvención otorgada con anterioridad.