Articulo 22 Autonomía del paciente y derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 22. Emisión de certificados médicos.
Todo paciente o usuario tiene derecho a que se le faciliten los certificados acreditativos de su estado de salud. Éstos serán gratuitos cuando así lo establezca una disposición legal o reglamentaria.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-11-2002 en vigor desde 16-05-2003