Articulo 22 Adopción internacional
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»Artículo 22. Ley aplicable a la conversión y nulidad de la adopción.
La ley aplicable a la conversión de la adopción no plena en plena y a la nulidad de la adopción será la aplicada para su constitución.
Modificaciones
- Artículo modificado por Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia.
(BOE de 29-07-2015) en vigor desde 18-08-2015