Articulo 216 Ley General Tributaria
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»Artículo 216. Clases de procedimientos especiales de revisión.
Son procedimientos especiales de revisión los de:
a) Revisión de actos nulos de pleno derecho.
b) Declaración de lesividad de actos anulables.
c) Revocación.
d) Rectificación de errores.
e) Devolución de ingresos indebidos.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 18-12-2003 en vigor desde 01-07-2004