Articulo 2 Subcontratación en el Sector de la Construcción
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 2. Ámbito de aplicación.
La presente Ley será de aplicación a los contratos que se celebren, en régimen de subcontratación, para la ejecución de los siguientes trabajos realizados en obras de construcción.
Excavación; movimiento de tierras; construcción; montaje y desmontaje de elementos prefabricados; acondicionamientos o instalaciones; transformación; rehabilitación; reparación; desmantelamiento; derribo; mantenimiento; conservación y trabajos de pintura y limpieza; saneamiento.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 19-10-2006 en vigor desde 19-04-2007