Articulo 2 Ley del Impuesto sobre la renta de las personas físicas -IRPF-
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»Artículo 2. Objeto del Impuesto.
Constituye el objeto de este Impuesto la renta del contribuyente, entendida como la totalidad de sus rendimientos, ganancias y pérdidas patrimoniales y las imputaciones de renta que se establezcan por la ley, con independencia del lugar donde se hubiesen producido y cualquiera que sea la residencia del pagador.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-11-2006 en vigor desde 01-01-2007