Articulo 2 Directiva 2022... Nov DOUE

Articulo 2 Directiva 2022/2381 de 23 de Nov DOUE

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Artículo 2. Ámbito de aplicación

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La presente Directiva se aplicará a las sociedades cotizadas. La presente Directiva no se aplicará a las microempresas ni a las pequeñas y medianas empresas (en lo sucesivo, en su conjunto, «pymes»).