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Articulo 198 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia

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Artículo 198. Residuos.

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Corresponde a la Junta de Andalucía la planificación, supervisión y control de la gestión de los residuos urbanos e industriales. Se adoptarán los medios necesarios tanto para asegurar el cumplimiento de las normas como de las medidas para la reducción, reciclaje y reutilización de los residuos.

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  • Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007