Articulo 195 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 195. Conservación de la biodiversidad.
Los poderes públicos orientarán sus políticas a la protección del medio ambiente, la conservación de la biodiversidad, así como de la riqueza y variedad paisajística de Andalucía, para el disfrute de todos los andaluces y andaluzas y su legado a las generaciones venideras.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007