Articulo 193 Ley de la Ju...ión social

Articulo 193 Ley de la Jurisdicción social

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Artículo 193. Objeto del recurso de suplicación.

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El recurso de suplicación tendrá por objeto:

a) Reponer los autos al estado en el que se encontraban en el momento de cometerse una infracción de normas o garantías del procedimiento que haya producido indefensión.

b) Revisar los hechos declarados probados, a la vista de las pruebas documentales y periciales practicadas.

c) Examinar las infracciones de normas sustantivas o de la jurisprudencia.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 11-10-2011 en vigor desde 11-12-2011
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