Articulo 189 Ley de la Ju...ión social

Articulo 189 Ley de la Jurisdicción social

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Artículo 189. Recurso de queja.

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Los recursos de queja de que conozcan las Salas de lo Social de los Tribunales Superiores de Justicia o la Sala de lo Social del Tribunal Supremo, según los casos, se tramitarán de conformidad con lo dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Civil para recurrir en queja.

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  • Texto Original. Publicado el 11-10-2011 en vigor desde 11-12-2011
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