Articulo 188 TR Ley Gener...ial -LGSS-

Articulo 188 TR. Ley General de la Seguridad Social -LGSS-

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Artículo 188. Situación protegida.

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A los efectos de la prestación económica por riesgo durante la lactancia natural, se considera situación protegida el período de suspensión del contrato de trabajo en los supuestos en que, debiendo la mujer trabajadora cambiar de puesto de trabajo por otro compatible con su situación, en los términos previstos en el artículo 26.4 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, dicho cambio de puesto no resulte técnica u objetivamente posible, o no pueda razonablemente exigirse por motivos justificados.

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  • Texto Original. Publicado el 31-10-2015 en vigor desde 02-01-2016