Articulo 183 Código penal
Artículo 183.
1. El que a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y proponga concertar un encuentro con el mismo a fin de cometer cualquiera de los delitos descritos en los artículos 181 y 189, siempre que tal propuesta se acompañe de actos materiales encaminados al acercamiento, será castigado con la pena de uno a tres años de prisión o multa de doce a veinticuatro meses, sin perjuicio de las penas correspondientes a los delitos en su caso cometidos. Las penas se impondrán en su mitad superior cuando el acercamiento se obtenga mediante coacción, intimidación o engaño.
2. El que, a través de internet, del teléfono o de cualquier otra tecnología de la información y la comunicación contacte con un menor de dieciséis años y realice actos dirigidos a embaucarle para que le facilite material pornográfico o le muestre imágenes pornográficas en las que se represente o aparezca un menor, será castigado con una pena de prisión de seis meses a dos años.
- Modificación realizada (183) por Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual.
(BOE de 07-09-2022) en vigor desde 07-10-2022 - Modificación realizada (183 (apdo. 4)) por Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y la adolescencia frente a la violencia.
(BOE de 05-06-2021) en vigor desde 25-06-2021 - Modificación realizada (183) por Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
(BOE de 31-03-2015) en vigor desde 01-07-2015 - Modificación realizada por Ley Organica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Organica 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal.
(BOE de 23-06-2010) en vigor desde 23-12-2010 - Modificación realizada por LEY ORGANICA 15/2003, de 25 de noviembre, por la que se modifica la Ley Organica 10/1995, de 23 de noviembre, del Codigo Penal.
(BOE de 26-11-2003) en vigor desde 01-10-2004 - Artículo modificado por LEY ORGÁNICA 11/1999, de 30 de abril, de modificación del Título VIII del Libro II del Código Penal, aprobado por Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre.
(BOE de 01-05-1999) en vigor desde 21-05-1999