Articulo 18 Transparencia pública

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Artículo 18. Acceso a la publicidad activa.

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1. La información pública objeto de publicidad activa, en el ámbito de la Administración de la Junta de Andalucía y sus entidades instrumentales, estará disponible a través del Portal de la Junta de Andalucía.

2. La Administración de la Junta de Andalucía podrá adoptar otras medidas complementarias y de colaboración con el resto de administraciones públicas para el cumplimiento de las obligaciones de transparencia recogidas en este título. Esta colaboración podrá instrumentarse mediante la suscripción de convenios interadministrativos.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-06-2014 en vigor desde 30-06-2015