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Articulo 18 Parejas de Hecho de Andalucía

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Artículo 18. Impulso a la equiparación de los derechos en la economía privada.

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La Administración Pública andaluza promoverá, en el ámbito de la economía privada, la equiparación de los miembros de cualquier tipo de pareja respecto a los derechos de formación, licencias, ayudas de acción social, condiciones laborales y similares que se recojan en los contratos y convenios, respecto a las personas que forman matrimonio.