Articulo 18 Accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público
Artículo 18. Seguimiento y presentación de informes.
1. El órgano encargado de realizar el seguimiento y presentación de informes ante la Comisión Europea es el Ministerio de Política Territorial y Función Pública.
2. Este órgano podrá comprobar periódicamente el estado de situación con respecto a la conformidad de los sitios web y las aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público con los requisitos de accesibilidad, basándose en la metodología para el seguimiento de la conformidad prevista en el artículo 8.2 de la Directiva (UE) 2016/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016, sobre la accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles de los organismos del sector público según sea determinado por la Comisión Europea en los correspondientes actos de ejecución.
Este órgano también podrá realizar verificaciones sobre muestras aleatorias con respecto a la exactitud de los informes de revisión de la accesibilidad definidos en el artículo 17.
3. Este órgano presentará a la Comisión Europea, a más tardar el 23 de diciembre de 2021 y posteriormente cada tres años, un informe sobre el resultado del seguimiento que se hará público en formato accesible.
4. Dicho informe deberá ajustarse a lo que se determine en los actos de ejecución que adoptará la Comisión Europea para la presentación de informes de Directiva (UE) 2016/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 26 de octubre de 2016. En cualquier caso deberá incluir:
a) Los datos de las mediciones.
b) Información sobre el uso del procedimiento de reclamación establecido en el artículo 13.
c) Información sobre los elementos enumerados en el apartado 5 cuando hayan sido objeto de cambios significativos respecto del informe anterior.
5. El primer informe comprenderá también:
a) Una descripción de los mecanismos creados en España para consultar a las personas interesadas sobre la accesibilidad de los sitios web y las aplicaciones para dispositivos móviles;
b) procedimientos para hacer pública cualquier evolución de las políticas de accesibilidad relacionada con los sitios web y las aplicaciones para dispositivos móviles;
c) experiencias y conclusiones extraídas de la aplicación de las normas sobre conformidad con los requisitos de accesibilidad establecidos;
d) información sobre actividades de formación y concienciación.
- Texto Original. Publicado el 19-09-2018 en vigor desde 20-09-2018