Articulo 173 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia
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»Artículo 173. Relaciones laborales.
La Comunidad Autónoma tendrá política propia de relaciones laborales, que comprenderá, en todo caso.
1.º Las políticas activas de empleo, la intermediación y el fomento del empleo y del autoempleo.
2.º Las políticas de prevención de riesgos laborales y protección de la seguridad y salud laboral.
3.º La promoción del marco autonómico para la negociación colectiva.
4.º La promoción de medios de resolución extrajudicial de conflictos laborales.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007