Articulo 172 Reforma del Estatuto de Autonomia para Andalucia
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»Artículo 172. Trabajadores autónomos y cooperativas.
1. Una ley del Parlamento de Andalucía regulará las políticas de apoyo y fomento de la actividad del trabajador autónomo.
2. Serán objeto de atención preferente, en las políticas públicas, las cooperativas y demás entidades de economía social.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 20-03-2007 en vigor desde 20-03-2007