Articulo 171 TR de la ley...s públicas

Articulo 171 TR. de la ley de contratos de las administraciones públicas

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Artículo 171. Concepto.

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(DEROGADO)

A los efectos de esta Ley, se entenderá por contrato de suministro el que tenga por objeto la compra, el arrendamiento financiero, el arrendamiento, con o sin opción de compra, o la adquisición de productos o bienes muebles, salvo los relativos a propiedades incorporales y valores negociables, que se regirán por la legislación patrimonial de las Administraciones Públicas aplicable a cada caso.

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