Articulo 1665 Código civil

Articulo 1665 Código civil

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 1665

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La sociedad es un contrato por el cual dos o más personas se obligan a poner en común dinero, bienes o industria, con ánimo de partir entre sí las ganancias.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 25-07-1889 en vigor desde 25-07-1889