Articulo 165 Ley de Socie...de Capital

Articulo 165 Ley de Sociedades de Capital

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Artículo 165. Junta extraordinaria.

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Toda junta que no sea la prevista en el artículo anterior tendrá la consideración de junta general extraordinaria.

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  • Texto Original. Publicado el 03-07-2010 en vigor desde 01-09-2010