Articulo 16 Medidas de reforma económica

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Artículo decimosexto. Publicidad de los informes del Tribunal de Defensa de la Competencia.

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Se modifica el artículo 16.3 de la Ley 16/1989, de 17 de julio, de Defensa de la Competencia, para que quede redactado como sigue:

«3. El Tribunal hará público su informe una vez recibido éste por el Ministro de Economía y tras resolver, en su caso, sobre los aspectos confidenciales de su contenido.»

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 12-11-2003 en vigor desde 13-11-2003