Articulo 16 Incentivos a la contratación laboral y mejora de la protección social de las personas artistas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 16. Bonificaciones por la contratación indefinida de mujeres víctimas de violencia de género, de violencias sexuales y de trata de seres humanos, tanto con fines de explotación sexual como laboral.
La contratación indefinida de mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de género, de violencias sexuales o de trata de seres humanos, de explotación sexual o de explotación laboral, y mujeres en contextos de prostitución conforme a las definiciones contenidas en el artículo 6.e), f) y g), respectivamente, dará derecho a una bonificación en la cotización, en los términos establecidos en el artículo 10, de 128 euros/mes durante cuatro años.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 11-01-2023 en vigor desde 01-09-2023