Articulo 16 Demarcación y...a Judicial

Articulo 16 Demarcación y de Planta Judicial

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Artículo 16.

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La planta de los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo y de los Juzgados de lo Contencioso-administrativo es la establecida en el anexo VIII de esta Ley.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 30-12-1988 en vigor desde 19-01-1989