Articulo 157 TR. de la Ley de Contratos del Sector Público
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»Artículo 157. Delimitación.
En el procedimiento abierto todo empresario interesado podrá presentar una proposición, quedando excluida toda negociación de los términos del contrato con los licitadores.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 16-11-2011 en vigor desde 16-12-2011