Articulo 1542 Código civil
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 1542
El arrendamiento puede ser de cosas, o de obras o servicios.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 25-07-1889 en vigor desde 25-07-1889
Conceptos Jurídicos
- Concepto Jurídico de: Arrendamiento