Articulo 153 General presupuestaria
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»Artículo 153. Fiscalización previa e Intervención de pagos a justificar y anticipos de caja fija.
Reglamentariamente se determinarán los requisitos a verificar en la fiscalización previa de las órdenes de pagos a justificar y en la constitución o modificación de los anticipos de caja fija y de sus reposiciones de fondos, así como el procedimiento a seguir en la intervención de sus cuentas justificativas.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 27-11-2003 en vigor desde 01-01-2005