Articulo 151 TR. Ley Concursal

Articulo 151 T.R. Ley Concursal

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 151. Condición de tercer poseedor del concursado.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


La declaración de concurso no afectará a la ejecución de la garantía real cuando el concursado tenga la condición de tercer poseedor del bien o derecho objeto de esta.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 07-05-2020 en vigor desde 01-09-2020