Articulo 15 TR. de la ley de empleo
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»Artículo 15. Concepto.
El Servicio Público de Empleo Estatal es el organismo autónomo de la Administración General del Estado al que se le encomienda la ordenación, desarrollo y seguimiento de los programas y medidas de la política de empleo, en el marco de lo establecido en esta ley.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 24-10-2015 en vigor desde 13-11-2015