Articulo 146 Medidas de respuesta a consecuencias de la Guerra de Ucrania y transposición de Directivas en materia de sociedades y conciliación
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»Artículo 146. Conservación de datos.
Los contenidos terroristas y los datos conexos se conservarán durante seis meses a partir de la retirada o el bloqueo; no obstante, el órgano competente para resolver el procedimiento podrá acordar su ampliación durante un periodo adicional cuando ello sea necesario.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-2023 en vigor desde 30-06-2023