Articulo 145 Ley General Tributaria

Articulo 145 Ley General Tributaria

No hay nodos disponibles
Ver Indice
»

Artículo 145. Objeto del procedimiento de inspección.

Tiempo de lectura: 1 min

Tiempo de lectura: 1 min


1. El procedimiento de inspección tendrá por objeto comprobar e investigar el adecuado cumplimiento de las obligaciones tributarias y en el mismo se procederá, en su caso, a la regularización de la situación tributaria del obligado mediante la práctica de una o varias liquidaciones.

2. La comprobación tendrá por objeto los actos, elementos y valoraciones consignados por los obligados tributarios en sus declaraciones.

3. La investigación tendrá por objeto descubrir la existencia, en su caso, de hechos con relevancia tributaria no declarados o declarados incorrectamente por los obligados tributarios.

Modificaciones
  • Texto Original. Publicado el 18-12-2003 en vigor desde 01-07-2004