Articulo 14 Ley General Tributaria

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Artículo 14. Prohibición de la analogía.

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No se admitirá la analogía para extender más allá de sus términos estrictos el ámbito del hecho imponible, de las exenciones y demás beneficios o incentivos fiscales.

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  • Texto Original. Publicado el 18-12-2003 en vigor desde 01-07-2004