Articulo 136 Régimen del Personal de las Fuerzas Armadas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 136. Nombramientos, ceses y destinos en el ámbito de la Jurisdicción Militar.
(DEROGADO)
Los nombramientos, destinos y ceses de quienes, en el ámbito de la Jurisdicción Militar, ejerzan funciones judiciales, fiscales y de secretarios relatores se efectuarán según lo previsto en la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio, de la Competencia y Organización de la Jurisdicción Militar.
Modificaciones
- Artículo modificado por LEY 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar.
(BOE de 20-11-2007) en vigor desde 01-01-2008