Articulo 130 Medidas de respuesta a consecuencias de la Guerra de Ucrania y transposición de Directivas en materia de sociedades y conciliación
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 130. Objeto.
El régimen sancionador aplicable al incumplimiento de las obligaciones establecidas en el Reglamento (UE) 2021/784 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 29 de abril de 2021, sobre la lucha contra la difusión de contenidos terroristas en línea, se regirá por lo dispuesto en este título.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 29-06-2023 en vigor desde 30-06-2023