Articulo 13 Contratación Pública
Artículo 13. Contratos subvencionados por los poderes adjudicadores
La presente Directiva se aplicará a la adjudicación de los contratos siguientes:
a) contratos de obras subvencionados directamente en más de un 50 % por poderes adjudicadores y cuyo valor estimado, IVA excluido, sea igual o superior a 5 538 000 EUR, cuando esos contratos tengan por objeto alguna de las siguientes actividades:
i) actividades de ingeniería civil enumeradas en el anexo II,
ii) obras de construcción de hospitales, centros deportivos, recreativos y de ocio, edificios escolares y universitarios y edificios de uso administrativo;
b) contratos de servicios subvencionados directamente en más de un 50 % por poderes adjudicadores y cuyo valor estimado, IVA excluido, sea igual o superior a 221 000 EUR, cuando esos contratos estén vinculados a un contrato de obras contemplado en la letra a).
Los poderes adjudicadores que concedan las subvenciones contempladas en el párrafo primero, letras a) y b), velarán por que se cumpla lo dispuesto en la presente Directiva cuando no sean ellos los que adjudiquen los contratos subvencionados o cuando los adjudiquen en nombre y por cuenta de otras entidades.
(NOTA: Cantidades establecidas en las letras a) y b) aplicables a partir del 1 de enero de 2024)
- Modificación realizada (13 (letras a) y b), cantidades)) por Reglamento Delegado (UE) 2023/2495 de la Comisión, de 15 de noviembre de 2023, que modifica la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que se refiere a los umbrales para los contratos públicos de obras, suministros y servicios y los concursos de proyectos
(DC de 16-11-2023) en vigor desde 06-12-2023 - Modificación realizada (13 (letras a) y b), cantidades)) por Reglamento Delegado (UE) 2021/1952 de la Comisión, de 10 de noviembre de 2021, que modifica la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que se refiere a los umbrales para los contratos públicos de obras, suministros y servicios y los concursos de proyectos
(DC de 11-11-2021) en vigor desde 01-12-2021 - Modificación realizada (13 (letras a) y b), se modifican)) por REGLAMENTO DELEGADO (UE) 2019/1828 DE LA COMISIÓN de 30 de octubre de 2019 que modifica la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que se refiere a los umbrales para los contratos públicos de obras, suministros y servicios y los concursos de proyectos
(DC de 31-10-2019) en vigor desde 01-01-2020 - Modificación realizada (13 (importes de las letras a) y b)) por Reglamento Delegado (UE) 2017/2365 de la Comisión, de 18 de diciembre de 2017, que modifica la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo por lo que se refiere a los umbrales de aplicación en los procedimientos de adjudicación de contratos
(DC de 19-12-2017) en vigor desde 01-01-2018 - Artículo modificado portes letras a) y b)) por Reglamento Delegado (UE) 2015/2170 de la Comisión, de 24 de noviembre de 2015, por el que se modifica la Directiva 2014/24/UE del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que se refiere a los umbrales de aplicación en los procedimientos de adjudicación de contratos
(DC de 25-11-2015) en vigor desde 01-01-2016