Articulo 125 Reglamento penitenciario

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Artículo 125. Educación infantil para menores.

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En las Unidades de Madres, la Unidad educativa programará cada año una serie de actividades de carácter educativo para los menores.

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  • Texto Original. Publicado el 15-02-1996 en vigor desde 25-05-1996