Articulo 12 Potestad sancionadora de las Administraciones Públicas
No hay nodos disponibles
Ver Indice
»Artículo 12. Reposición e indemnización.
Las responsabilidades administrativas que se deriven del procedimiento sancionador serán compatibles con la exigencia a los responsables de la reposición a su estado originario de la situación alterada por la infracción, así como con la indemnización por los daños y perjuicios derivados de la misma.