Articulo 12 Estatuto de la ciudadania española en el exterior
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»Artículo 12. Consejos de Residentes Españoles.
Los Consejos de Residentes Españoles son órganos de carácter consultivo y asesor, adscritos a las Oficinas Consulares de España en el exterior, cuya composición, elección y régimen de funcionamiento se regularán reglamentariamente.
Modificaciones
- Texto Original. Publicado el 15-12-2006 en vigor desde 16-12-2006