Articulo 12 Determinación de funciones en materia de gestión recaudatoria de la Seguridad Social
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»Decimocuarta. Entrada en vigor.
La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, excepto lo dispuesto en la Instrucción Octava de la misma, que será de aplicación a las propuestas de convenio concursal presentadas a partir del 1 de septiembre de 2004.
Madrid, 16 de julio de 2004.
El Director General, Javier Aibar Bernad.
Modificaciones
- Modificación realizada (Instrucción 13ª (pasa a ser instrucción 14ª)) por Resolución de 10 de febrero de 2016, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 16 de julio de 2004, sobre determinación de funciones en materia de gestión recaudatoria de la Seguridad Social.
(BOE de 25-02-2016) en vigor desde 26-02-2016 - Modificación realizada (Instrucción 14ª (pasa a ser instrucción 13ª)) por Resolución de 8 de mayo de 2013, de la Tesorería General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 16 de julio de 2004, sobre determinación de funciones en materia de aplazamientos de pago de deudas, reintegros de prestaciones indebidamente percibidas, compensación, devolución de ingresos indebidos, reembolso del coste de las garantías, desistimiento, convenios o acuerdos en procedimientos concursales y anuncios de subastas en boletines oficiales.
(BOE de 21-05-2013) en vigor desde 22-05-2013 - Artículo modificado por RESOLUCION de 4 de julio de 2005, de la Tesoreria General de la Seguridad Social, por la que se modifica la de 16 de julio de 2004, sobre determinacion de funciones en materia de aplazamientos de pago de deudas, reintegros de prestaciones indebidamente percibidas, compensacion, desistimiento, convenios o acuerdos en procedimientos concursales y anuncios de subastas en boletines oficiales.
(BOE de 20-07-2005) en vigor desde 21-07-2005